Cuando vence un CDT, casi siempre llega la misma sorpresa: el dinero que cae en la cuenta es menor al que arrojaba la calculadora. No es un error del banco ni letra menuda: es la retención en la fuente. Aquí explicamos qué se descuenta, cuándo, y qué parte de eso puedes recuperar.
La retención en la fuente del 4%
Los CDT se clasifican como títulos de renta fija, y sobre sus rendimientos aplica una retención en la fuente del 4% (artículo 1.2.4.2.83 del Decreto 1625 de 2016). Es una tarifa especial: la retención general sobre rendimientos financieros en Colombia es del 7%.
Dos precisiones que evitan malentendidos:
- Se aplica solo sobre los rendimientos, nunca sobre el capital. Si invertiste $10.000.000 y ganaste $1.300.000 de intereses, la retención se calcula sobre esos $1.300.000, no sobre los $11.300.000.
- No es un impuesto adicional. Es un anticipo del impuesto de renta. Si al final del año tu impuesto a cargo es menor a lo que te retuvieron, esa diferencia se convierte en saldo a favor en tu declaración.
Cómo se ve en la práctica
Un ejemplo con números redondos, a 12 meses:
| Concepto | Valor |
|---|---|
| Capital invertido | $10.000.000 |
| Tasa pactada | 13,00% E.A. |
| Rendimiento bruto a 12 meses | $1.300.000 |
| Retención en la fuente (4%) | –$52.000 |
| Rendimiento neto | $1.248.000 |
| Total recibido al vencimiento | $11.248.000 |
Nuestro simulador de CDT ya descuenta esta retención, por eso muestra un rendimiento neto y no solo el bruto. Si quieres ver el efecto con distintos montos, revisa cuánto gana un CDT.
El certificado de retención
Cada año la entidad emite un certificado de retención en la fuente con dos datos que necesitas para tu declaración: los rendimientos que te pagó y cuánto te retuvo. Suele estar disponible en la banca en línea entre marzo y abril. Guárdalo: es el soporte de lo que reportas.
El componente inflacionario
Este es el punto que más gente desconoce. Para las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad, los artículos 38 a 41 del Estatuto Tributario permiten restar de los rendimientos la parte que corresponde a inflación —la lógica es que esa porción no es ganancia real, sino compensación por la pérdida de poder adquisitivo—.
El porcentaje lo fija el Gobierno cada año por decreto y no es menor: para el año gravable 2024 se fijó en 50,88% de los rendimientos financieros. Es decir, en la práctica buena parte de los intereses de un CDT puede quedar por fuera de la base gravable. Consulta el porcentaje vigente del año que vas a declarar antes de hacer el cálculo, o pídele el dato a tu contador.
El 4×1000, el costo que casi nadie cuenta
El gravamen a los movimientos financieros (GMF, conocido como 4×1000) cobra $4 por cada $1.000 que sale de una cuenta. No lo cobra el CDT en sí, pero sí aparece cuando mueves el dinero: al fondear el CDT desde otra entidad, o al retirar el capital al vencimiento.
Existe una exención importante: puedes marcar una cuenta de ahorro como exenta del GMF, hasta un tope de 350 UVT mensuales (con la UVT de 2026 en $52.374, alrededor de $18,3 millones al mes). Es un trámite gratuito que se hace una sola vez en tu banco y que, si mueves montos altos, ahorra más que perseguir décimas de tasa.
¿El CDT me obliga a declarar renta?
Tener un CDT no crea por sí solo la obligación de declarar, pero sí suma en dos frentes: el capital entra a tu patrimonio bruto por su valor al 31 de diciembre, y los rendimientos cuentan como ingreso del año.
Para el año gravable 2025 (que se declara en 2026), basta superar uno solo de los topes para quedar obligado. Los dos que más pesan en el caso de un ahorrador son:
- Patrimonio bruto superior a 4.500 UVT — unos $224 millones.
- Ingresos brutos superiores a 1.400 UVT — unos $69,7 millones.
Hay otros topes (consumos con tarjeta, compras y consignaciones) que también activan la obligación. Verifica siempre las cifras y el calendario tributario vigente en la página de la DIAN, porque los valores en pesos cambian cada año con la UVT.
Preguntas frecuentes
¿Me pueden devolver la retención del 4%?
Sí, si declaras renta y tu impuesto a cargo resulta menor a lo retenido. En ese caso se genera un saldo a favor que puedes solicitar en devolución o imputar al periodo siguiente. Si no estás obligado a declarar, la retención queda como impuesto definitivo.
¿Se retiene cada mes o al vencimiento?
Depende de cómo pactes el pago de intereses. Si los recibes periódicamente, la retención se practica en cada pago; si los recibes todos al vencimiento, se practica en ese momento sobre el total.
¿Un CDT paga más impuestos que una cuenta de ahorro?
El tratamiento es distinto, pero la comparación relevante es el rendimiento neto: un CDT con retención del 4% sobre una tasa alta suele dejar bastante más que una cuenta de ahorro sin retención pero con tasa cercana a cero. Lo desarrollamos en CDT vs. cuenta de ahorro.
Contenido con fines informativos y educativos; no constituye asesoría tributaria, legal ni financiera. SimulaCDT no es entidad vigilada y no presta asesoría. Las normas y los valores en UVT cambian cada año: confirma las cifras vigentes con la DIAN o con un contador antes de tomar decisiones.
