Retención del 4 % y 4×1000: qué te descuentan realmente de un CDT

Carlos Mario Velez
Carlos Mario VelezFundador de Simula · 15 de septiembre de 2026

Abriste un CDT de $50 millones al 13 % E.A., esperabas $6.500.000 de rendimiento y al vencimiento te consignaron $6.240.000. No hubo error: hubo retención en la fuente. Y todavía falta revisar si el 4×1000 te tocó en algún punto del camino. Esto es exactamente lo que te descuentan y cuándo.

La retención del 4 %: qué es y sobre qué se cobra

Los rendimientos financieros que paga un CDT están sujetos a una retención en la fuente del 4 %. Tres precisiones que evitan casi todas las confusiones:

El cálculo, paso a paso

CapitalTasa E.A.Rendimiento brutoRetención 4 %Recibes
$5.000.00013,00 %$650.000$26.000$624.000
$20.000.00013,00 %$2.600.000$104.000$2.496.000
$50.000.00013,00 %$6.500.000$260.000$6.240.000

En los tres casos la tasa efectiva después de retención es la misma: 12,48 %. Por eso la retención no cambia qué entidad conviene, pero sí cambia cuánto esperas recibir. Puedes hacer el cálculo con tus cifras en el simulador.

El 4×1000: no toca el rendimiento, toca el movimiento

El gravamen a los movimientos financieros cobra $4 por cada $1.000 que salen de una cuenta. Sobre el CDT, la confusión habitual es creer que grava los intereses. No: grava traslados de dinero, no rendimientos.

Dónde puede aparecer, entonces:

La exención de 350 UVT mensuales —unos $18,3 millones en 2026— existe para aliviar esto, pero su aplicación general ha tenido tropiezos técnicos, de modo que en la práctica sigue operando el mecanismo tradicional: marcar una cuenta ante tu entidad para que los retiros desde ella queden exentos dentro del tope.

Antes de mover montos grandes, pregunta a tu entidad tres cosas concretas: si el débito para constituir el CDT genera gravamen, si el abono al vencimiento llega a una cuenta marcada y cuál de tus cuentas tienes marcada hoy. Son treinta segundos de llamada que pueden valer varias decenas de miles de pesos.

Lo que la retención no cubre: la declaración de renta

Si estás obligado a declarar, los rendimientos entran a tu declaración y el 4 % retenido se acredita contra el impuesto que resulte. Ahí opera el componente inflacionario, que permite no gravar la porción del rendimiento que solo compensó la inflación: para el año gravable 2025 fue del 55,43 %.

Ese beneficio está en discusión en el Congreso. Si te interesa el detalle y las cifras, lo explicamos en el beneficio que la reforma quiere quitarle a tu CDT. Y para ver cómo encajan todos los descuentos juntos, el panorama completo está en la rentabilidad real de un CDT en 2026.

Errores frecuentes

Con los descuentos claros, lo que queda es elegir bien la entidad: puedes ver las tasas de las 29 entidades con su tarifario oficial y su fecha de verificación.

Revisado por el equipo editorial de SimulaCDT. Verificamos cada cifra contra la fuente oficial y dejamos constancia de la fecha de consulta. Si encuentras un dato desactualizado, escríbenos a mercadeo@simulacdt.co y lo corregimos. Así trabajamos: nuestra metodología y política de correcciones.

Fuentes y fecha de verificación. Retención en la fuente sobre rendimientos financieros: 4 %, Estatuto Tributario. Exención del gravamen a los movimientos financieros: 350 UVT mensuales, equivalentes a unos $18,3 millones en 2026. Componente inflacionario del año gravable 2025: 55,43 %, Decreto 898 de 2026. Datos verificados el 15 de septiembre de 2026.

Este contenido es informativo y educativo. SimulaCDT no es una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia, no capta recursos del público, no apertura CDT y no presta asesoría financiera, legal ni tributaria. Las tasas, normas y cifras citadas pueden cambiar sin previo aviso: verifica con la fuente oficial y con tu asesor antes de tomar decisiones.

Publicado por